- joyas personales;
- una cámara fotográfica con doce placas o cinco rollo de película;
- una cámara cinematográfica de pequeño milimetraje con dos rollos de película;
- un par de gemelos binoculares;
- un instrumento de música portátil;
- un gramófono portátil con diez discos;
- un aparato portátil para la grabación del sonido;
- un receptor de radio portátil;
- un receptor de televisión portátil,
- una máquina de escribir portátil;
- un cochecito de niño;
- una tienda de campaña y el equipo para acampar;
- artículos para deportes (un juego de avíos para la pesca, una bicicleta sin motor, una canoa o kayac de menos de 5,50 metros de largo, un par de esquíes, dos raquetas de tenis, y otros artículos similares).
- una cámara de vídeo;
- una microcomputadora personal;
- un equipo DVD portátil
- Dispositivos personales que permiten extraer o introducir información en las computadoras personales y son portátiles, tales como: Memoria flash, MP3, MP4, IPOD, agenda book, PALM y otros similares.
- Drogas, estupefacientes y sustancias sicotrópicas o alucinógenas, salvo aquellas de uso médico acompañadas de la prescripción facultativa correspondiente.
- Explosivos.
- Armas de Fuego y municiones, salvo que tengan autorización expresa del Organismo Competente.
- Hemoderivados.
- Literatura, artículos y objetos obscenos o pornográficos o que atenten contra los intereses generales de la nación.
- Especies protegidas por la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora si no posee el Permiso expedido por la Autoridad Competente (Permiso CITES).
- Los siguientes equipos eléctricos: Freezers con una capacidad superior a 7 pies; acondicionadores de aire; cocinas y hornillas, incluyendo resistencias; hornos y microwaves; duchas; freidoras; calentadores de agua; planchas cuyo consumo exceda de 290 wats/hora sin rociado o de 703 wats/hora con rociado y vapor; tostadoras de pan.
- Equipos de fax inalámbricos; pizarras telefónicas; dispositivos para redes de datos; teléfonos inalámbricos excepto los que operan en las bandas de 40 – 49 MHz, de los 2,4 GHz y de los 5 GHz; transmisores de radio; transceptores de radio, incluyendo walkie-talkie; receptores de radio profesionales; estaciones terrenas y terminales de comunicación por satélite, incluyendo antenas parabólicas y teléfonos satelitales.
- Sistemas de Posicionamiento por Satélite (GPS), de cualquier tipo.
- Animales vivos y sus partes, así como los productos de origen animal estén elaborados o no.
- Plantas y sus partes, así como los productos de origen vegetal estén elaborados o no.
- Más de tres unidades de un mismo medicamento de producción nacional, con excepción de aquellos destinados a la continuidad de tratamientos, de acuerdo con el tiempo de duración de los mismos y que estén acompañados de la Certificación del Centro de Salud y en el caso de los pasajeros no residentes permanentes en Cuba, de la Factura Oficial correspondiente.
- Obras patrimoniales o con valor museable, libros, folletos y publicaciones seriadas con más de 50 años de publicados, así como Libros cubanos de Ediciones “R” si no posee el Certificado de Exportación del Registro de Bienes Culturales.
- Tabaco Torcido Cubano en cantidad superior a 50 unidades si no presenta la Factura Oficial de la tienda donde se efectuó la compra.
- Langosta (cola con carapacho congelada) que no posea Factura que acredite su adquisición lícita en las tiendas autorizadas.
- Dinero en efectivo en cantidad superior a $5000,00 USD o su equivalente en otras monedas que no haya sido declarado a la entrada o que no cuente con la autorización correspondiente del Banco.
- Más de 100 Pesos Moneda Nacional (CUP), ni más de 200 Pesos Cubanos Convertibles (CUC).
- Libros manuscritos; incunables (libros comprendidos entre 1440 y 1500); libros, folletos y publicaciones seriadas extranjeras impresas en los siglos XVI al XVIII (1501 al 1800); libros, folletos y publicaciones seriadas publicadas en Cuba en el siglo XVIII; libros y folletos que tengan el cuño de bibliotecas pertenecientes al Sistema Nacional de Bibliotecas Públicas u otros sistemas de información, así como de organismos e instituciones cubanas: NO SON EXPORTABLES.
- Piezas y colecciones con valor numismático si no presenta la Autorización del Museo Numismático o del Banco Central de Cuba.
Si usted adquiere pinturas frescas y esculturas en los puntos de venta donde estas se ofertan, cerciórese que tengan el Sello que autoriza su Exportación o solicite el Permiso correspondiente, requisito indispensable para la extracción del país.
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